CONTRATO DE MATRÍCULA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS
Celebrado entre NEUTRON SERVICES S.A.S. (NIT 901.441.199-7), holding educativo titular de las unidades Neutrón Tech (Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano - ETDH), Centro de Altos Estudios Ágora y Grupo Neutrón Academy, y de otra parte el Estudiante (o su representante legal/acudiente en caso de ser menor de edad).
1 Naturaleza Jurídica y Objeto del Contrato
El presente instrumento constituye un contrato bilateral de prestación de servicios educativos, suscrito al amparo de la Constitución Política de Colombia (Art. 67 y 68), la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), la Ley 1064 de 2006 (Normas para el Apoyo y Estímulo a la Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano), el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación 1075 de 2015 y las disposiciones normativas de la Secretaría de Educación y el Ministerio de Educación Nacional.
Objeto Contractual: NEUTRON SERVICES S.A.S. se compromete a impartir al estudiante el programa de formación técnica laboral, diplomado de altos estudios en seguridad, curso certificado o seminario de actualización seleccionado, disponiendo para ello de su infraestructura física, laboratorios de criminalística y balística, docentes calificados, plataforma académica digital LMS Q10 y material pedagógico actualizado.
Aceptación Expresa: Al diligenciar el formulario de preinscripción en el portal institucional y cancelar los derechos de matrícula ($50.000 COP) o la cuota correspondiente, el estudiante declara conocer, entender y aceptar de forma libre e incondicional todas las estipulaciones aquí contenidas.
2 Inscripción, Admisión y Perfeccionamiento de Matrícula
El proceso de incorporación a la comunidad académica institucional comprende las siguientes fases formales e inexcusables:
- Preinscripción en Línea: Diligenciamiento fidedigno del formulario digital en gruponeutron.com/matriculas.php con datos personales, sede, programa y horario elegido.
- Pago de Matrícula Oficial: Pago formal del derecho de matrícula institucional de CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($50.000 COP) mediante las pasarelas electrónicas autorizadas o consignación bancaria.
- Consignación de Documentación (Legajo Digital):
- Fotocopia legible del documento de identidad ampliada al 150%.
- Certificado de afiliación vigente al Sistema General de Seguridad Social en Salud (EPS o SISBÉN).
- Fotocopia de diploma y acta de grado de bachiller (o certificado de haber culminado noveno grado para programas técnicos que así lo habiliten según normatividad vigente).
- Para menores de edad: Documento de identidad del padre, madre o tutor legal y autorización expresa firmada.
- Legalización y Asignación de Q10: Verificada la documentación y confirmado el recaudo, la Dirección de Registro y Control Académico expedirá la credencial de ingreso a la plataforma Q10 Académico.
3 Régimen Financiero, Pasarelas y Facturación DIAN
Los aranceles, derechos pecuniarios y tarifas educativas son fijados anualmente por la Junta Directiva de NEUTRON SERVICES S.A.S. de conformidad con las leyes colombianas.
Pasarelas Electrónicas Certificadas
Los pagos digitales se efectúan exclusivamente a través de Wompi (Bancolombia) —tarjeta débito, crédito, PSE, Nequi— y crédito de financiación instantánea con Addi. Ningún funcionario está autorizado para solicitar transferencias a cuentas de personas naturales no autorizadas.
Facturación Electrónica DIAN
Por cada transacción se genera automáticamente una Factura Electrónica de Venta con Validación Previa DIAN (Res. 000042 de 2020), enviada al correo del titular con su respectivo CUFE y código QR tributario.
Compromiso de Pago Oportuno: El estudiante se obliga a pagar las mensualidades o cuotas pactadas dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes calendario. La mora superior a quince (15) días facultará a la institución para suspender temporalmente el acceso a la plataforma Q10 y el cargue de notas hasta que se regularice la obligación.
4 Políticas de Retiro, Cancelación y Estatuto del Consumidor
En concordancia con la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional sobre servicios educativos:
- Derecho de Retracto (Art. 47 Ley 1480): Aplica para matrículas adquiridas mediante canales no tradicionales o a distancia (página web). El estudiante podrá ejercerlo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la compra, siempre y cuando no se haya dado inicio formal a las clases sincrónicas ni se haya activado el consumo de módulos académicos en plataforma.
- Cancelación Voluntaria y Reembolsos: Una vez iniciado el ciclo académico o habiendo consumido material en plataforma LMS Q10, los valores pagados por concepto de matrícula, derechos de inscripción y módulos no serán reembolsables, debido a los costos fijos administrativos y de reserva de cupo docente contraídos por la institución.
- Congelamiento de Matrícula (Fuerza Mayor): En eventos justificados de enfermedad grave certificada por EPS, traslado laboral obligatorio de la fuerza pública o calamidad doméstica comprobada, el estudiante podrá solicitar por escrito el congelamiento de su saldo económico para ser aplicado en la siguiente cohorte académica dentro de un plazo máximo de doce (12) meses.
5 Uso del Campus Virtual Q10 y Propiedad Intelectual
El entorno virtual de aprendizaje alojado en profeneutron.q10.com es una herramienta tecnológica complementaria de propiedad o licenciamiento de NEUTRON SERVICES S.A.S.
Licencia de Uso Personal y Prohibición de Reproducción
Todo el material audiovisual, diapositivas, manuales de balística, guías de criminalística de campo, simuladores, talleres y bancos de preguntas están protegidos por la Decisión Andina 351 de 1993 y la Ley 23 de 1982 sobre Derechos de Autor. Queda terminantemente prohibida su grabación, descarga no autorizada, redistribución masiva, reproducción o venta. El incumplimiento acarreará acciones penales (Art. 271 del Código Penal Colombiano) y expulsión inmediata del infractor.
6 Seguridad en Laboratorios Forenses y Póliza Estudiantil
Para los programas que involucren prácticas periciales, criminalística de campo, lofoscopia, topografía judicial y laboratorio balístico:
- Elementos de Protección Personal (EPP): El estudiante debe ingresar a las salas de simulación y laboratorios portando bata blanca, guantes de nitrilo, tapabocas, gafas de seguridad y calzado cerrado reglamentario.
- Custodia de Reactivos: El uso de polvos dactiloscópicos magnéticos, reactivos químicos (luminol, ninhidrina) y software pericial se realizará bajo la supervisión directa del docente a cargo, siguiendo protocolos estandarizados de bioseguridad.
- Póliza de Accidentes Escolares: Todo estudiante en modalidad presencial o semipresencial con prácticas físicas deberá contar con la cobertura de la Póliza Colectiva de Accidentes Estudiantiles vigente durante el semestre de formación.
- Prohibición de Porte de Armas Reales: Queda terminantemente prohibido el ingreso de armas de fuego de letalidad real, traumáticas o munición no autorizada al recinto institucional o prácticas de campo salvo personal oficial en servicio activo con la correspondiente orden de operaciones.
7 Convenios Institucionales y Tarifas Preferenciales
Los aspirantes pertenecientes a entidades, gremios o sindicatos con Convenio Institucional Vigente (tales como ANALTRASEG, UNSINTRASEG, ST-UNP Colombia, Corporación Educativa Horizonte, EISI y aliados estratégicos) gozarán de los siguientes beneficios:
- Descuentos en aranceles de matrícula y módulos académicos según la tabla pactada en el convenio específico.
- Homologación y reconocimiento de saberes previos o cursos de reentrenamiento de acuerdo con la normatividad ETDH.
- Acreditación de Pertenencia: Para hacer efectivo el beneficio de convenio, el aspirante debe presentar certificación laboral o carné sindical vigente emitido con una antelación no superior a 30 días. Los beneficios de convenios no son acumulables con otras promociones salvo autorización expresa de Gerencia General.
8 Régimen Disciplinario y Pérdida de Calidad de Estudiante
La disciplina académica y la ética profesional son pilares fundamentales en la formación técnica y de seguridad de GRUPO NEUTRÓN:
- Faltas Graves y Gravísimas: Fraude académico comprobado, plagio en dictámenes periciales simulados, suplantación de identidad en evaluaciones de Q10, conductas de acoso físico o virtual, consumo de sustancias psicoactivas o alcohol en instalaciones institucionales, daño intencionado a equipos de laboratorio.
- Debido Proceso: Todo proceso disciplinario se adelantará con estricta observancia del derecho a la defensa y contradicción (Art. 29 de la Constitución Política). El Comité Disciplinario escuchará los descargos del estudiante antes de emitir cualquier pronunciamiento motivado.
- Sanciones Aplicables: Amonestación escrita con copia a la hoja de vida académica, suspensión temporal por un término de 1 a 15 días, o cancelación definitiva de la matrícula con pérdida del cupo institucional.
9 Evaluación, Titulación y Requisitos de Grado
Para obtener la respectiva certificación o diploma expedido por las unidades académicas de GRUPO NEUTRÓN se deberán satisfacer la totalidad de los siguientes requisitos:
- Rendimiento Académico: Aprobación de la totalidad de los módulos curriculares con una calificación cuantitativa igual o superior a 3.5 sobre 5.0.
- Asistencia Mínima: Cumplimiento del 80% de asistencia a clases sincrónicas/presenciales y el 100% de cumplimiento en laboratorios periciales prácticos.
- Paz y Salvo Financiero: Estar a paz y salvo por todo concepto económico con NEUTRON SERVICES S.A.S. (matrículas, cuotas, derechos de certificación o carnetización).
- Paz y Salvo Documental: Haber completado el expediente físico o digital con los soportes de identidad y títulos académicos previos validados por Registro y Control.
10 Notificaciones, Ley Aplicable y Jurisdicción
El presente contrato se rige íntegramente por las leyes sustanciales y procesales de la República de Colombia.
Cualquier controversia derivada de la interpretación, ejecución o terminación del presente vínculo que no pueda ser resuelta directamente entre las partes, será sometida a audiencia de conciliación prejudicial en derecho ante un Centro de Conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho con sede en la ciudad de Villavicencio, Departamento del Meta. Para todos los efectos judiciales y administrativos, las partes fijan como domicilio contractual exclusivo la ciudad de Villavicencio.